El fallecimiento de un ser querido, obliga a llevar a cabo muchos trámites como el de las últimas voluntades del difunto.
Qué es el documento de últimas voluntades
El certificado de últimas voluntades es un documento con el que se acredita si existe o no testamento realizado por parte del fallecido y si las hubiera, las modificaciones que se hayan realizado sobre él durante la vida.
Es importante saber que las últimas voluntades no se pueden solicitar hasta pasados 15 días laborales del fallecimiento, y se debe hacer ante el Ministerio de Justicia.
En el caso de que no existiera ningún documento certificado, se pondrá en marcha un proceso automático regional creado por las instituciones de cada comunidad para designar los beneficiarios de ésta.
Si se diera esta situación, siempre se complicaría el reparto de la herencia, y es por eso que la asesoría de expertos jurídicos que puedan guiarle en todo el proceso resultaría de gran ayuda.
Asistea dispone de un servicio de asesoría para herencias con expertos que le facilitarán, no sólo la obtención del certificado de últimas voluntades, también en la presentación de los modelos y liquidación de sucesiones.
Cómo se solicita el certificado de últimas voluntades y documentación necesaria
La solicitud de este certificado se hace obligatoriamente rellenando el modelo 790 que se puede obtener en la web del Ministerio de Justicia aquí.
¿Qué documentación necesita para solicitar certificado?
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Certificado literal de defunción: emitido por el registro civil, este documento debe ser original o en su defecto o una copia compulsada, y en el constan todos los datos relacionados con la defunción.
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Tasas: Para obtenerlo, deberá pagar una tasa, no muy cara, de 3.78€. que podrá pagarse rellenado el modelo 790 nombrado anteriormente y presentándolo a través de sistema de banca electrónica o acudir a una entidad financiera que sea colaboradora con la Agencia Tributaria.
Quién puede solicitar el certificado de últimas voluntades
Cualquier persona sea o no familiar directo del fallecido que presente la documentación necesaria.
En caso de que usted lo desee, puede dejar en manos de Asistea la solicitud del certificado, así como el resto de gestiones y trámites que tienen que realizarse tras un fallecimiento.
Puede solicitar nuestro servicio de Gestoría tras la defunción y herencias en un plazo de no más de 7 días el Registro expedirá el certificado y podrá saber si existe o no testamento.
Qué información contiene el certificado de últimas voluntades
La información que incluye no es muy amplia, pero sí de vital importancia:
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El documento incluirá una relación de las disposiciones testamentarias del difunto, si las hubiera.
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En caso de que hubiera más de un testamento, podrá saberse cuál es el último, y por tanto cuál será el válido, anulando los anteriores.
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La información más relevante, sin duda, será ante qué Notario se realizó, la fecha y un número identificativo de protocolo.
Con esta información, los posibles herederos, podrán solicitar al Notario una copia del testamento junto con el certificado literal de defunción.
Diferencias con los últimos deseos o testamentos vitales
Hay ocasiones en las que los herederos confunden el certificado de últimas voluntades con un documento de últimos deseos personales o lo que hoy en día se conoce como testamento vital.
Un testamento vital es un documento que deja constancia de su voluntad en cuanto a los tratamientos médicos que requerirá en caso de que no pudiera en el futuro expresarlos por sí mismo. Así mismo, podrá dejarse constancia del destino de sus órganos.
Un documento de últimas voluntades o deseos personales, dejará constancia de peticiones del difunto sobre, la celebración de su funeral pero no sobre qué ocurriría con sus bienes.
En ambos casos, deberá designarse uno o varios representantes que velen por el cumplimiento de lo que el difunto ha dejado dispuesto, pero en ningún caso estos documentos tienen nada que ver con la herencia ni el certificado de últimas voluntades.
Cómo ya hemos comentado, el certificado de últimas voluntades, puede solicitarse de forma particular, pero es sólo uno de los múltiples trámites que tendrá que afrontar tras el fallecimiento de un familiar.